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    Firma de contratos de arrendamiento por via electrónica

    diciembre 27th, 2011

    Si eres un profesional de los arrendamientos urbanos, ya puedes poner a disposición de tus clientes los contratos para que se puedan firmar por via electrónica, con la misma validez legal que si los firmaran a mano. Gracias a ello, ofrecerás un mejor servicio a tus clientes, puesto que no les obligarás a desplazarse a tu despacho para poner el garabato. Sigue leyendo esta entrada y descubrirás cómo conseguirlo.

    PortaSigma, es la herramienta que necesitas. Crea tu propia cuenta en un minuto, y ya estarás listo para servirles a tus clientes, la posibilidad de firmar los contratos de arrendamiento electrónicamente.

    ¿Qué necesitan arrendador y arrendatario para firmar?

    El único requisito para firmar en PortaSigma es disponer de un certificado digital reconocido, como pueden ser el de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), o el certificado de firma del DNI electrónico. Hay otros certificados digitales reconocidos, pero están más orientados a un uso profesional. Los mencionados son los más divulgados entre ciudadanos.

    En el primer caso (FNMT), hay cerca de 3 Millones de certificados entregados a ciudadanos. Además, todos ellos son usuarios activos de estos certificados, puesto que los han obtenido para realizar algún trámite determinado con la administración. Además, la mayor parte de estos certificados se han entregado en software, por lo que su uso no requiere de lector de tarjetas.

    En cuanto al DNI electrónico, la proporción de dispositivos entregados es 10 veces mayor, unos 30 Millones, pero la realidad es que la mayor parte de los poseedores de DNI electrónico, no son conscientes de sus aplicaciones. Firmar con el DNI electrónico requiere disponer de lector de tarjetas, haber instalado todos los ‘drivers’ necesarios, y conocer el PIN. A pesar del desconocimiento de la mayor parte de estos usuarios, el potencial es muy grande, y ofrecer aplicaciones prácticas, sin duda despertará su interés.

    ¿Cómo se firma un contrato de arrendamiento desde PortaSigma?

    En primer lugar, es imprescindible que el profesional de arrendamiento disponga de cuenta. Crearla es gratis, y puede realizarse desde este enlace.

    En segundo lugar, el contrato de arrendamiento debe ser transformado previamente en PDF. Hay muchas herramientas gratuitas que permiten ‘imprimir’ un documento desde cualquier formato, a un archivo PDF.

    Tras acceder a su cuenta PortaSigma, el profesional de arrendamiento debe añadir el documento PDF que contiene el contrato. Al hacerlo, pueden añadirse campos de descripción y referencia, que facilitarán la posterior localización y notificación a arrendador y arrendatario.

    Añadir documento para firma electrónicaAñadir firmantes del documento

    Una vez subido el documento, la opción “Solicitar firmas” nos permitirá informar de las partes que tienen que firmar el documento, en este caso arrendador y arrendatario. Para cada uno, debe informarse de Nombre y Apellidos, DNI y el e-mail donde dirigir la petición.

    Una vez añadidos los dos firmantes, basta con ‘clicar’ en “Guardar y enviar peticiones” y PortaSigma enviará automáticamente un e-mail al arrendador y otro al arrendatario. El e-mail contiene información del origen y motivo de la solicitud, y un enlace claramente visible para acceder al documento.

    Entrar a firmar electronicamente

    Arrendador y arrendatario, accederán al documento a través del enlace, sin necesidad de tener cuenta en PortaSigma. Lo que hará PortaSigma es comprobar que el DNI contenido en el certificado digital del firmante, y el informado por el profesional de arrendamiento, son el mismo. Dicho de otra manera, las partes firmantes podrán acceder al contrato únicamente si su DNI está en la lista, y dicho DNI se comprueba dentro del certificado digital presentado.

    Elegir certificado digital

    Al acceder al documento, PortaSigma presentará al firmante una visualización del contrato, e incluso la posibilidad de descargarlo para revisarlo con detenimiento.

    Una vez revisado, cada firmante podrá decidir si firmar, rechazar la firma, o añadir observaciones para su modificación.

    Rechazar firma con comentariosFirmar documento electrónicamente

    Una vez todas las partes han firmado, PortaSigma enviará notificaciones al profesional de arrendamiento. El documento quedará firmado bajo control del profesional, y a disposición de arrendador y arrendatario.

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    isigma implantará la receta electrónica veterinaria en Andalucía

    noviembre 29th, 2011

    El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios (CACV) ha confiado a isigma el desarrollo de la plataforma de Receta Veterinaria Electrónica (ReceVet) para dar servicio a los profesionales del sector en Andalucía.

    El 28 de abril del presente año, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), publicó el decreto 79/2011, por el que se establecen normas sobre la distribución, prescripción, dispensación y utilización de medicamentos de uso veterinario y se crea el Registro de Establecimientos de Medicamentos Veterinarios de Andalucía.

    La resolución del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) da potestad al CACV para el desarrollo de la receta electrónica. Con ello la prescripción de los medicamentos se podrá realizar mediante documentos electrónicos, que incluirán la firma electrónica reconocida del veterinario, de acuerdo con los requisitos que establece la Ley 59/2003 de firma electrónica.

    En palabras del propio presidente del CACV, Fidel Astudillo,

    “La receta electrónica va a facilitar mucho el papeleo, más cómodo para trabajar y para guardar las recetas de cinco años, que es obligatorio, y va a ayudar a controlar que no haya ningún desvío de medicamentos fuera de lo autorizado”

    isigma está poniendo al servicio del proyecto, toda su tecnología y experiencia en materia de firma electrónica. ReceVet se servirá en formato cloud, y además de los veterinarios, tendrán acceso a la plataforma los otros participantes en el proceso (ganaderos, dispensadores de medicamentos y la propia administración). Se espera que ReceVet esté disponible para los usuarios en 2012.

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    PortaSigma extiende el uso de la firma electrónica

    noviembre 16th, 2011

    Tras poco más de un año desde su lanzamiento, PortaSigma cuenta ya con más de 1.200 usuarios registrados.

    Se trata de una aplicación web que sirve para gestionar procesos de firma electrónica. Se basa en el uso de certificados digitales reconocidos para identificar a los usuarios, por lo que tiene el mismo valor legal que la firma manuscrita.

    PortaSigma nos permite firmar electrónicamente y archivar documentos PDF “en la nube” para tenerlos siempre disponibles. Sin embargo, como mejor aprovecharemos su capacidad, es usándolo para solicitar a otras personas que nos firmen dichos documentos.

    Usos prácticos

    Gracias a su versatilidad, PortaSigma se está utilizando en procesos de diversa índole. Estos son algunas de las aplicaciones prácticas de nuestros usuarios:

    Firma electrónica de contratos Receta electrónica veterinaria Factura electrónica
    Contratos
    mercantiles y laborales
    Recetas
    electrónicas veterinarias
    Distribución de
    Facturas electrónicas
    Firma electrónica de ensayos clínicos Firma electrónica de actas de reunión Firma electrónica en procesos corporativos
    Aprobación de
    ensayos clínicos
    Actas de reunión Procesos
    corporativos

    Entornos de uso más habituales

    PortaSigma destaca por su facilidad de uso, y su fiabilidad en diferentes entornos. Chrome, Explorer, Firefox, Windows, Mac OS, Linux. Todos los sistemas operativos y navegadores sirven para firmar documentos con PortaSigma, incluso a través de dispositivos móviles.  Estas son las estadísticas de uso obtenidas, para las configuraciones más habituales:

    Vemos que la combinación Windows / Explorer, sigue aglutinando la mayor comunidad de usuarios.

    Uso de certificados digitales

    Toda esta experiencia también nos ha servido para comprobar con qué certificados digitales están firmando los usuarios. Estos son los resultados, agrupados por prestador de servicios de certificación.

    Estadísticas de uso de certificados digitales

    Vemos que los certificados de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, que inundaron el mercado para su aplicación en la presentación de declaraciones de la renta, siguen siendo los más utilizados, aunque tienden a perder cuota.

    La estadística revela que tan sólo un 4,32% de los usuarios firman con su DNI electrónico. Sin embargo esperamos que con las campañas divulgativas en curso, en las que isigma está participando, su utilización se haga más significativa.

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    Cómo obtener una firma digital

    septiembre 16th, 2011

    Cada vez son más las personas que quieren firmar sus trámites a distancia y archivar los documentos en formato digital. Sin embargo, este interés en modernizarse suele quedar truncado por la siguiente duda trascendental:

    "¿Cómo puedo obtener una firma digital?"

    Pues bien, vamos a tratar de resolver esa duda a través de este “post”.

    En primer lugar, creemos que hay una cierta confusión en el planteamiento de la pregunta. Se habla de la Firma Digital como si fuera un componente personal que se adjunta a un documento digital como evidencia de que se ha firmado, y eso no es así.

    Firma Digital

    La firma digital sería el resultado de una operación criptográfica que relaciona el documento firmado con el componente personal.  Dicho componente personal sería el Certificado Digital o Electrónico. Por tanto, la pregunta correcta sería:

    "¿Cómo obtener o conseguir un Certificado Digital para firmar?"

    Para utilizar los mismos términos que en la Ley 59/2003 de Firma Electrónica (LFE), a partir de ahora nos referiremos a Certificado Electrónico y a Firma Electrónica (ya que no es exactamente lo mismo que la Firma Digital). Para firmar electrónicamente documentos con valor legal (de acuerdo con la definición de Firma Electrónica Reconocida incluida en la LFE ), es necesario disponer de un Certificado Electrónico Reconocido cuyas claves están contenidas en un Dispositivo Seguro de Creación de Firma. Vamos a intentar aclarar estos conceptos.

    Certificado Digital o Electrónico

    Es un documento digital, mediante el cual un tercero confiable (Autoridad de Certificación) garantiza la vinculación entre la identidad de una persona (sujeto) o entidad (por ejemplo: nombre, dirección y otros aspectos de identificación) y un juego de claves.

    Autoridad de Certificación

    Sería la entidad de confianza, responsable de emitir y revocar los certificados digitales. Debe ofrecer unas garantías que nos permitan asegurar que la identidad digital que vemos en una firma u operación en internet, se corresponde con la identidad real  en nombre de la que actúa.

    Autoridad de Certificación Reconocida

    En España, la Autoridad Competente que vela porque las Autoridades de Certificación trabajen de forma segura para  garantizar la veracidad de la identidad en los Certificados Electrónicos y cumplan con los requisitos establecidos en la  LFE, es el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (Mityc). En este enlace podemos ver la relación de Autoridades de Certificación bajo supervisión del Ministerio. Estas serían las Autoridades de Certificación Reconocidas.

    Certificado Digital o Electrónico Reconocido

    Es un Certificado Digital o Electrónico emitido por una Autoridad de Certificación Reconocida, tal como la hemos descrito anteriormente.

    Dispositivo Seguro de Creación de Firma

    Es un soporte hardware, con funciones criptográficas, que permite almacenar certificados digitales y firmar documentos con las máximas garantías de seguridad posibles. Suele tener el aspecto de una tarjeta bancaria con chip, en cuyo caso su uso requiere un lector de tarjetas, pero también puede presentarse como un Pendrive que contiene un chip criptográfico. En este segundo caso, no requiere  lector de tarjetas, y se conecta directamente al puerto USB del ordenador.

    ¿Cómo obtener un certificado digital o electrónico reconocido para firmar?

    Volviendo al origen del post, contestaremos a la pregunta que realmente se hace la gente. Para conseguir un Certificado Digital Reconocido de firma, es necesario contactar con una de las Autoridades de Certificación publicadas en el listado del Mityc , presentar nuestra solicitud y seguir los pasos que nos indiquen. En cualquier caso, en un punto del procedimiento va a ser necesario que nos desplacemos físicamente a la localización que nos indiquen, para que la Autoridad de Certificación pueda comprobar que la identidad de la solicitud es real y correcta, para generar y entregarnos el certificado digital. A partir de ahi, podremos usar el certificado digital a distancia hasta que caduque y tengamos que renovarlo, que suele ser a los dos años.

    Es importante indicar que el Certificado Digital es para firmar, ya que además de nuestra identidad, debe acreditar que podemos usarlo para unos propósitos determinados.

    En España, todos los ciudadanos tenemos acceso al DNI electrónico, que es un Dispositivo Seguro de Creación de Firma, que contiene dos Certificados Digitales, uno para identificarnos, y otro para firmar documentos electrónicos.

    Para obtener el DNI electrónico, tan solo debemos acercarnos a nuestra comisaría de policía más cercana y solicitarlo. Al contrario de lo que cree mucha gente, no es necesario que nuestro viejo DNI haya caducado, o lo hayamos extraviado. Una explicación más detallada del proceso de obtención del DNI electrónico aparece descrita en este enlace.

    Aplicaciones de firma digital

    Una vez obtenido el DNI electrónico, u otro certificado digital reconocido, ya estamos en disposición de firmar documentos electrónicos con la misma validez legal que la firma manuscrita, y cualquier entidad debería aceptarnos esa posibilidad.

    Para poder firmar, es necesario usar una aplicación informática. Normalmente, las entidades a las que les vamos entregar el documento firmado, ofrecerán esta aplicación informática a través de su portal web.

    También existen aplicaciones genéricas que permiten firmar cualquier documento, con independencia de la entidad a la que debamos dirigir el documento. ClickSign y PortaSigma, son algunos ejemplos de estas aplicaciones.

    ¡Esperamos haber resuelto vuestras dudas sobre este tema! Si este artículo os ha parecido útil, no dudéis en compartirlo “clicando” sobre cualquiera de los botones de debajo.

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    Firma electrónica, legalidad y beneficios

    agosto 2nd, 2011

    Firma digital legal

    Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

    “A la firma electrónica reconocida, le otorga la ley, la equivalencia funcional con la firma manuscrita respecto a los datos consignados en forma electrónica”

    Desda la publicación de la ley en 2.003, ha habido un gran incremento del uso de certificados digitales, especialmente de CERES (FNM), para trámites con Hacienda y otras entidades públicas. Además, ya son más de 23 Millones, los ciudadanos que cuentan con un DNI electrónico. Este contiene un certificado digital de identificación, y otro para firma electrónica de documentos.

    Todo esto nos situa en un contexto donde cada vez más empresas y ciudadanos están en disposición de realizar trámites y firmar documentos, mediante su certificado digital. Los documentos firmados usando certificados digitales reconocidos, tienen la misma validez legal que los firmados a mano (tal como queda claro en la cita de la Ley 59/2003 mencionada anteriormente).

    ¿Qué beneficios tiene la firma electrónica?

    Los beneficios de firmar documentos electrónicamente son indiscutibles:

    • Se evitan desplazamientos y colas de las personas involucradas en los procesos de firma
    • Los documentos firmados pueden recogerse y archivarse en formato digital, sin tener que trasladarse nunca al papel
    • La distancia deja de ser un problema, por lo que cualqueir documento quedará firmado por todas las partes, mucho más rápidamente, y de forma más eficiente que si se firmara a mano
    • Al quedar archivados en formato digital, su posterior localización también es mucho más fácil y rápida, gracias a las herramientas informáticas de búsqueda
    • Es una tecnología más segura que la firma manuscrita, por lo que suplantar una identidad resulta mucho más complejo
    • Ahorros de costes tangibles, evitando envíos, o reduciendo el consumo de tinta o papel

    Siendo las ventajas de la firma electrónica respecto a la firma manuscrita tan evidentes, cualquier sector que haga un uso intensivo de la firma manuscrita, puede obtener grandes beneficios en ahorro de costes y mejora de servicio, a través de su aplicación.

    Es el momento de aprovechar estos beneficios. Afortunadamente cualquiera puede hacerlo mediante el uso de aplicaciones como PortaSigma o ClickSign, al alcance de cualquiera.

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    ¿Por qué firma digital de PDF?

    julio 14th, 2011

    Firma digital de PDFSon muchos los formatos en los que podemos crear un documento digital. Disponemos de todo tipo de herramientas, diseñadas para crear los contenidos que queramos generar.

    Por ejemplo, si hablamos de ofimática, nos encontramos principalmente con aplicaciones de edición de texto, presentaciones, hojas de cálculo, o bases de datos y sus correspondientes informes. En este campo destacan MS Office, u Openoffice. Tan solo tomando estos dos ejemplos y sus posibles formatos de salida, ya obtenemos más de 10 formatos de salida diferentes (algunos ejemplos son doc, docx, xls, cvs, ppt, odt,…)

    La herramientas ofimáticas, son las de uso más corriente. Sin embargo, otras personas también usan herramientas de edición gráfica. En este campo, también hay mútiples posibilidades. Tenemos aplicaciones de edición de mapa de bits, vectoriales, y además muchas alternativas en cuanto a formatos de salida. Algunos ejemplos de estas aplicaciones son Photoshop, Freehand, Illustrator o Autocad.

    Además, muchos sectores y usos, requieren sus propias aplicaciones, y todas ellas tienen sus propios formatos de salida. Muchos de ellos están hechos a medida, con lo que la estandarización es inviable.

    En este contexto, ¿es conveniente que los sistemas de firma digital, gestionen de forma diferente la aplicación de la firma para cada formato de documento? Abordar una aproximación de estas características implica un gran esfuerzo de desarrollo, y otro todavía mayor de mantenimiento.

    Otro aspecto a considerar es la compatibilidad de las nuevas tecnologías con las tecnologías tradicionales. La firma en papel no genera un conflicto de formatos. Los únicos formatos posibles son el del papel y la tinta. Si generamos un documento digital para obtener una firma en papel, el último paso antes de la firma será la impresión del documento, es decir una instáncia no editable del mismo.

    Cuando alguien quiere generar una instancia no editable de un documento sin abandonar el formato digital, convierte el documento a formato PDF. Es lo más parecido a la impresión del documento. Por eso, muchas herramientas de conversión a PDF basan su interfaz de usuario en la instalación de una impresora virtual. El mercado ofrece muchas herramientas gratuitas de conversión a PDF a través de impresora virtual. Estas son algunas: PDF Creator, Bullzip PDF Printer, doPDF, CutePDF, Virtual ImagePrinter o Primo PDF.

    La siguiente lista resume algunas de las ventajas de recoger los documentos firmados digitalmente, en formato PDF.

    • Cualquier formato documento de digital, puede “imprimirse” en un documento PDF
    • Es un formato de uso extendido, con el que la gente está familiarizada
    • Existen herramientas de visualización gratuitas, como Adobe Reader
    • Estas herramientas, también permiten validar las firmas digitales contenidas
    • También ofrece mecanismos para incrustar muestras visualizables en el documento de las firmas digitales contenidas, para que se pueda reconocer que se han firmado digitalmente tras ser impresos
    • La firma electrónica de un documento PDF, usando un certificado digital reconocido tiene el mismo valor legal que la firma manuscrita
    • Sus prestaciones le dan la mejor compatibildad con la experiencia de firma tradicional, aspecto clave para garantizar el éxito de cualquier proceso de cambio tecnológico

    isigma ofrece dos opciones para la firma digital de PDF.

    • ClickSign es una herramienta gratuita que se instala en local y permite firmar PDF
    • PortaSigma es una herramienta web, que no requiere instalación. Además de la firma digital de los documentos PDF, permite compartir esos documentos para recoger la firma digital de otras personas. Permite varias pruebas gratuitas

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    isigma patrocinador del VII congreso de Joves Advocats de Catalunya (JAC)

    julio 4th, 2011

    isigma fue uno de los patrocinadores del VII congreso de Joves Advocats de Catalunya (JAC), llevado a cabo los días 1, 2 y 3 de julio en Mataró, Bacelona. En el congreso, se trató el uso de las nuevas tecnologías en derecho.

    Los casi 100 asistentes recibieron un lector de tarjetas Zhen, por cortesía de isigma, compatible con las tarjetas de ACA, y con el DNI electrónico, entre otras tarjetas con certificado digital.

    Como no podía ser de otra manera, en el evento isigma trató las posibilidades de la firma electrónica en abogacía. Actualmente, los abogados que poseen certificado digital, ya pueden realizar algunos trámites con certificado a través de RedAbogacía y con las Administraciones Públicas como personas físicas. Sin embargo, hay un aspecto que se está descuidando y es que ya son más de 23 millones de ciudadanos, los que poseen DNI electrónico. Con ellos, los ciudadanos ya están en disposición de firmar documentos a distancia, con total validez legal, tal como se recoge en la Ley 59/2003, de firma electrónica. A pesar de ello, casi nadie está ofreciendo a estos ciudadanos la posibilidad de firmar documentos con su DNI electrónico.

    Sin duda, un abogado que pueda ofrecer a sus clientes la posibilidad de firmar documentos a distancia, estará mejorando el nivel de servicio. Es cierto que muchos ciudadanos, aun teniendo un DNI electrónico, no estarán preparados para firmar porque no tendrán un lector de tarjetas, o no conocerán el PIN. Pero muchos otros sí. Que todo el mundo esté preparado es una cuestión de tiempo.

    Un abogado ya puede enviar a sus clientes peticiones de firma de cualquier documento en formato PDF, usando PortaSigma. Firma de contratos, autorizaciones, o cualquier otro tipo de documento, puede convertirse a PDF y enviarse a firmar a través de PortaSigma. Con ello, resolverá sus trámites de forma más rápida y eficiente, ahorrará papel, y mejorará su nivel de servicio.

    En el marco de la colaboración con el JAC, isigma ofrece un descuento del 10% por la suscripción de sus miembros a cualquiera de los planes de uso de PortaSigma.

    La tecnología existe, y la regulación legal también. Ahora cabe esperar que desde un sector clave como el de la abogacía, se apueste por una gestión más eficiente, y pueda transmitirse a los ciudadanos la confianza y las herramientas necesarias, para que puedan usar su DNI electrónico también como herramienta de firma de documentos.

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    Declaración del IVA usando el DNI electrónico

    junio 15th, 2011

    Declaración de IVA con el DNI-eEl DNI electrónico, tiene como propósito minimizar el tiempo destinado a la ejecución de trámites administrativos. Cuando hablamos de perfiles profesionales, el tiempo es una variable especialmente relevante. Un profesional autónomo por ejemplo, necesitará destinar el mayor tiempo posible a sus tareas productivas, por lo que todo el que tenga que dedicar a tareas administrativas tendrá un coste. Esto sucederá tanto si se encarga personalmente del trámite, como si decide subcontratárselo a una gestoría.

    Entre los trámites que pueden completarse por internet usando el DNI electrónico, encontramos la declaración de IVA. Esto significa que un profesional autónomo que tenga un ordenador con lector de tarjetas, y un DNI electrónico, podrá completar el trámite de presentación de IVA desde su casa por internet.

    ¿Cómo?

    Desde el portal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria accede al menú Empresas y profesionales, desde donde podrás tramitar el IVA en función de tus características.

    No necesitas identificarte para informarte o descargar formularios, pero sí para tramitar el pago del IVA. Hazlo mediante DNI electrónico u otro certificado electrónico, o claves en tres pasos: cálculo de las cuotas a ingresar, pago telemático si procede y presentación de la declaración del IVA donde se recoge el número de comprobante de pago.

    El proceso es el mismo que en una declaración de IVA tradicional. La única diferencia es que gracias al DNI electrónico, es posible firmar la declaración a distancia, evitando colas y desplazamientos. En definitiva, un tiempo valioso.

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    ¡Nuevas y mejores prestaciones en PortaSigma!

    mayo 16th, 2011

    Siguiendo tus consejos, hemos incorporado a PortaSigma las prestaciones que llevabas tiempo esperando, para mejorar tu experiencia de usuario.

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    Mecanismo de firma ágil

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    Fecha límite para firmar

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    Asegúrate de que las firmas se llevan a cabo en el orden que quieras

    La firma electrónica en workflows¿Tu workflow de firma tiene un orden? Ahora puedes definir el orden de los firmantes, y PortaSigma controlará que el proceso se lleve a cabo según la secuencia establecida.
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    DNI electrónico en los móviles

    mayo 13th, 2011

    Llevo tiempo leyendo noticias sobre la posibilidad de introducir el DNI electrónico en el móvil, y finalmente me he decidido a exponer mi punto de vista al respecto.

    El DNI electrónico en los móviles

    ¿Es una solución adecuada?

    Yo creo que si, y estas son mis razones:

    • El móvil es una herramienta ampliamente difundida entre los ciudadanos
    • Salvo algunas excepciones minoritarias, su uso es personal
    • El usuario de móvil lo percibe como algo valioso. Es celoso de compartirlo, y eso facilita la aplicación de procedimientos de seguridad
    • Las prestaciones de los móviles tienen cada vez menos que envidiar a las de un ordenador
    • La tecnología utilizada en el chip del DNIe y el de los SIM de los móviles, es equivalente
    • Los usuarios de móviles están muy abiertos a la descarga de aplicaciones (gratis y de pago)

    ¿Qué dificultades plantea?

    A pesar de que el móvil reúne todas las condiciones, la puesta en práctica de la solución presenta algunas dificultades:

    • El DNIe no se ha diseñado como un instrumento independiente de la tecnología. Está vinculado a la tarjeta criptográfica en la que se distribuye
    • El principio de seguridad del DNIe, se basa en el hecho de que la clave privada con la que se llevan a cabo las operaciones criptográficas, se genera en el DNIe y nunca lo abandona
    • Esta clave privada es esencial para el uso del DNIe para operaciones de autenticación y de firma electrónica
    • Como consecuencia de los puntos anteriores, la gran barrera radica en cómo proyectar la clave privada del DNIe hacia otro dispositivo como el móvil.
    • Además, el móvil es un instrumento muy expuesto a robo a pérdida. La transcendencia de la pérdida en caso de contener un DNIe, sería más grave que ahora

    ¿Qué soluciones se barajan?

    Hay dos grandes aproximaciones a la solución:

    1. Generar un certificado digital reconocido online, previa identificación con el DNIe.
    2. Distribuir el DNIe directamente en el móvil

    Desde el punto de vista de la seguridad, respaldo totalmente ambas soluciones. Sin embargo considero que la clave no está en la seguridad, sino en la capacidad divulgativa, y eso me lleva a la siguiente pregunta.

    ¿A quién queremos dirigir la solución?

    Si un usuario experimentado de DNI electrónico, quiere aprovechar las prestaciones del DNIe en movilidad, la primera solución es perfecta. Hay muchas maneras de resolverlo (no quiero entrar en este detalle ahora). En esencia, el usuario acabará utilizando una aplicación que conecte de forma segura el DNIe del usuario, el Prestador de Servicios de Certificación (PSC), y su dispositivo móvil , para acabar generando un par de claves y un certificado digital en el SIM del móvil.

    Con esto, el usuario ya podrá usar este certificado para identificarse en una web, o firmar documentos y transacciones con el móvil. De este modo, habremos conseguido ofrecerle un nuevo servicio a alguien que ya usaba el DNIe. No quiero restar valor a esta solución, tan solo dejar constancia de que con ella no lograremos el deseado efecto divulgativo que queremos para el DNIe. Hay que reflexionar sobre el hecho de que una de las barreras que impiden el uso del DNIe, es la “puesta a punto” de los componentes necesarios. Alguien en disposición de acceder a esta solución, ya habrá superado esta barrera.

    Tal como yo lo veo, los dispositivos móviles son algo más que un instrumento alternativo.  Sus prestaciones naturales le otorgan una capacidad divulgativa que ahora mismo no tiene el PC tradicional. No olvidemos que a día de hoy, la mayoría de PC no están dotados de lector de tarjetas (a pesar de los esfuerzos de la administración). Por eso, abogo por la segunda solución: distribuir el DNIe en un dispositivo móvil.

    En móviles con prestaciones avanzadas y conexión a internet, podremos realizar directamente trámites online. Pero incluso en el caso de móviles con menos prestaciones, podremos conectarlos a un PC via USB o Bluetooth, para operar a través del ordenador.

    En definitiva, un usuario que transporte su DNIe en su smartphone, estará un poco más cerca de usarlo que uno que lo transporte en su cartera.

    ¿Es viable la segunda solución?

    Desde luego. De hecho es la aproximación que se ha llevado a cabo en Austria, donde existe un perfil para SmartCard, y otro para dispositivos móviles.  Allí el concepto de tarjeta de ciudadano es tecnológicamente neutral.

    Del mismo modo que se entrega en su distribución en SmartCard, la generación de claves y certificados del DNIe para móvil, debería llevarse a cabo en la misma oficina de expedición.

    Los datos se crearían en el SIM, por lo que durante todo el periodo de validez, podría sobrevivir a varias renovaciones de móvil.

    En caso de pérdida, debería revocarse el certificado digital, del mismo modo que si perdemos el DNIe en Smartcard.

    El inconveniente es que el despliegue de esta solución solo está en manos de la administración, y a pesar del indiscutible afán divulgativo, esta no parece ser una opción sobre la mesa.

    Llevar a cabo este proyecto tiene más dificultades administrativas que técnicas, ya que involucra a un actor adicional, que es el de los operadores de telefonía. En una entrada anterior ya reflexionábamos sobre esto. Sin embargo, tanto la administración como los operadores, tienen razones suficientes para estar interesados:

    • La administración podría beneficiarse del mencionado efecto divulgativo, aunque como ya he dicho en otras ocasiones, debería ir acompañado de aplicaciones que aportaran valor a los usuarios
    • Adicionalmente, se reducirían las necesidades de infraestructura, ya que para los usuarios que optaran por distribución en móvil, no haría falta entregar un DNI con chip. Como ya he dicho con el móvil podría operarse tanto a través del mismo dispositivo, como conectado con un PC. En este segundo caso, tampoco haría falta un lector
    • Los operadores deberían estar satisfechos de poder ofrecer nuevos servicios a los usuarios, ya que podrían sacar tajada.  No debería ser un problema que se adhirieran a la iniciativa

    En caso de que los operadores plantearan dificultades para un eventual acuerdo, se podría plantear una distribución alternativa en Micro SD criptográfica. Este es un interfaz que tienen la mayoría de móviles salvo el iPhone.

    Conclusiones

    • Podemos asumir que con la gran cantidad de excelentes profesionales que alberga este país, la seguridad de cualquier solución está garantizada
    • Para mi, la aproximación adecuada es que la administración cree un perfil de DNIe para Smartphone, igual que han hecho en Austria (Solución 2)
    • Hasta que la administración no se decida a llevar a cabo esta iniciativa, la única solución posible es identificarse online con el DNIe para obtener un certificado digital para el móvil (Solución 1)
    • Esta solución será adecuada para ofrecer a los usuarios del DNIe nuevos servicios, pero como hemos visto, no ofrece ningún valor divulgativo

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