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DNI electrónico en los móviles

Llevo tiempo leyendo noticias sobre la posibilidad de introducir el DNI electrónico en el móvil, y finalmente me he decidido a exponer mi punto de vista al respecto.

El DNI electrónico en los móviles

¿Es una solución adecuada?

Yo creo que si, y estas son mis razones:

  • El móvil es una herramienta ampliamente difundida entre los ciudadanos
  • Salvo algunas excepciones minoritarias, su uso es personal
  • El usuario de móvil lo percibe como algo valioso. Es celoso de compartirlo, y eso facilita la aplicación de procedimientos de seguridad
  • Las prestaciones de los móviles tienen cada vez menos que envidiar a las de un ordenador
  • La tecnología utilizada en el chip del DNIe y el de los SIM de los móviles, es equivalente
  • Los usuarios de móviles están muy abiertos a la descarga de aplicaciones (gratis y de pago)

¿Qué dificultades plantea?

A pesar de que el móvil reúne todas las condiciones, la puesta en práctica de la solución presenta algunas dificultades:

  • El DNIe no se ha diseñado como un instrumento independiente de la tecnología. Está vinculado a la tarjeta criptográfica en la que se distribuye
  • El principio de seguridad del DNIe, se basa en el hecho de que la clave privada con la que se llevan a cabo las operaciones criptográficas, se genera en el DNIe y nunca lo abandona
  • Esta clave privada es esencial para el uso del DNIe para operaciones de autenticación y de firma electrónica
  • Como consecuencia de los puntos anteriores, la gran barrera radica en cómo proyectar la clave privada del DNIe hacia otro dispositivo como el móvil.
  • Además, el móvil es un instrumento muy expuesto a robo a pérdida. La transcendencia de la pérdida en caso de contener un DNIe, sería más grave que ahora

¿Qué soluciones se barajan?

Hay dos grandes aproximaciones a la solución:

  1. Generar un certificado digital reconocido online, previa identificación con el DNIe.
  2. Distribuir el DNIe directamente en el móvil

Desde el punto de vista de la seguridad, respaldo totalmente ambas soluciones. Sin embargo considero que la clave no está en la seguridad, sino en la capacidad divulgativa, y eso me lleva a la siguiente pregunta.

¿A quién queremos dirigir la solución?

Si un usuario experimentado de DNI electrónico, quiere aprovechar las prestaciones del DNIe en movilidad, la primera solución es perfecta. Hay muchas maneras de resolverlo (no quiero entrar en este detalle ahora). En esencia, el usuario acabará utilizando una aplicación que conecte de forma segura el DNIe del usuario, el Prestador de Servicios de Certificación (PSC), y su dispositivo móvil , para acabar generando un par de claves y un certificado digital en el SIM del móvil.

Con esto, el usuario ya podrá usar este certificado para identificarse en una web, o firmar documentos y transacciones con el móvil. De este modo, habremos conseguido ofrecerle un nuevo servicio a alguien que ya usaba el DNIe. No quiero restar valor a esta solución, tan solo dejar constancia de que con ella no lograremos el deseado efecto divulgativo que queremos para el DNIe. Hay que reflexionar sobre el hecho de que una de las barreras que impiden el uso del DNIe, es la “puesta a punto” de los componentes necesarios. Alguien en disposición de acceder a esta solución, ya habrá superado esta barrera.

Tal como yo lo veo, los dispositivos móviles son algo más que un instrumento alternativo.  Sus prestaciones naturales le otorgan una capacidad divulgativa que ahora mismo no tiene el PC tradicional. No olvidemos que a día de hoy, la mayoría de PC no están dotados de lector de tarjetas (a pesar de los esfuerzos de la administración). Por eso, abogo por la segunda solución: distribuir el DNIe en un dispositivo móvil.

En móviles con prestaciones avanzadas y conexión a internet, podremos realizar directamente trámites online. Pero incluso en el caso de móviles con menos prestaciones, podremos conectarlos a un PC via USB o Bluetooth, para operar a través del ordenador.

En definitiva, un usuario que transporte su DNIe en su smartphone, estará un poco más cerca de usarlo que uno que lo transporte en su cartera.

¿Es viable la segunda solución?

Desde luego. De hecho es la aproximación que se ha llevado a cabo en Austria, donde existe un perfil para SmartCard, y otro para dispositivos móviles.  Allí el concepto de tarjeta de ciudadano es tecnológicamente neutral.

Del mismo modo que se entrega en su distribución en SmartCard, la generación de claves y certificados del DNIe para móvil, debería llevarse a cabo en la misma oficina de expedición.

Los datos se crearían en el SIM, por lo que durante todo el periodo de validez, podría sobrevivir a varias renovaciones de móvil.

En caso de pérdida, debería revocarse el certificado digital, del mismo modo que si perdemos el DNIe en Smartcard.

El inconveniente es que el despliegue de esta solución solo está en manos de la administración, y a pesar del indiscutible afán divulgativo, esta no parece ser una opción sobre la mesa.

Llevar a cabo este proyecto tiene más dificultades administrativas que técnicas, ya que involucra a un actor adicional, que es el de los operadores de telefonía. En una entrada anterior ya reflexionábamos sobre esto. Sin embargo, tanto la administración como los operadores, tienen razones suficientes para estar interesados:

  • La administración podría beneficiarse del mencionado efecto divulgativo, aunque como ya he dicho en otras ocasiones, debería ir acompañado de aplicaciones que aportaran valor a los usuarios
  • Adicionalmente, se reducirían las necesidades de infraestructura, ya que para los usuarios que optaran por distribución en móvil, no haría falta entregar un DNI con chip. Como ya he dicho con el móvil podría operarse tanto a través del mismo dispositivo, como conectado con un PC. En este segundo caso, tampoco haría falta un lector
  • Los operadores deberían estar satisfechos de poder ofrecer nuevos servicios a los usuarios, ya que podrían sacar tajada.  No debería ser un problema que se adhirieran a la iniciativa

En caso de que los operadores plantearan dificultades para un eventual acuerdo, se podría plantear una distribución alternativa en Micro SD criptográfica. Este es un interfaz que tienen la mayoría de móviles salvo el iPhone.

Conclusiones

  • Podemos asumir que con la gran cantidad de excelentes profesionales que alberga este país, la seguridad de cualquier solución está garantizada
  • Para mi, la aproximación adecuada es que la administración cree un perfil de DNIe para Smartphone, igual que han hecho en Austria (Solución 2)
  • Hasta que la administración no se decida a llevar a cabo esta iniciativa, la única solución posible es identificarse online con el DNIe para obtener un certificado digital para el móvil (Solución 1)
  • Esta solución será adecuada para ofrecer a los usuarios del DNIe nuevos servicios, pero como hemos visto, no ofrece ningún valor divulgativo

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Solicitud de prestaciones por internet con el DNI electrónico

Entre los múltiples usos del DNI electrónico, nos encontramos con el de solicitud de prestaciones, a través de Redtrabaj@.

Pueden tramitarse solicitudes de prestación contributiva, subsidio por desempleo, renta activa de inserción, abono acumulado y anticipado para extranjeros no comunitarios, pago único de la prestación por desempleo, y ayuda suplementaria RAI para víctimas de violencia de género. Todo ello puede realizarse a través del siguiente enlace.

Todos estos trámites pueden llevarse a cabo firmando con el DNI electrónico, evitándonos los desplazamientos y colas de los que siempre hemos renegado. En estos tiempos que corren, ahorrar tiempo y dinero, es más importante que nunca.

En caso de dudas acerca de los pasos necesarios para estar en disposición de usar el DNI electrónico, recomendamos consultar esta otra entrada.

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Ilustrando el DNI electrónico

Usos del DNI electrónico¿Por qué no se usa el DNI electrónico?

Ya son más de 15 Millones los DNI electrónicos que se han entregado a ciudadanos y sin embargo, son muy poco los que lo hacen uso de su faceta electrónica.

El DNI electrónico es una herramienta que nos permite identificarnos en procesos telemáticos, e incluso firmar documentos y transacciones con la misma validez legal que la firma manuscrita. Gracias a ello, podemos completar trámites administrativos desde nuestras casas y en cualquier horario, evitando desplazamientos, colas y sin tener que faltar al trabajo. Tal vez haya quien perciba esto último como algo negativo, pero incluso en este caso, podrá faltar al trabajo igualmente, hacer su trámites desde casa en 5 minutos, ¡y luego disfrutar de su partida de golf! ¿No es genial?

La mayor parte de trámites con la Administración ya pueden realizarse por Internet, utilizando el DNI electrónico. En un país en que la población se ha quejado sistemáticamente de su burocracia y pesadez administrativa, se le ha ofrecido la posibilidad de saltársela y la mayoría no lo está haciendo. ¿Por qué?

Nosotros apostamos por lo siguiente:

  • Falta de información a los ciudadanos acerca de todas las posibilidades. Por ejemplo, a diferencia de otros proyectos de la Administración, en este caso no se ha llevado a cabo ninguna campaña de impacto en televisión
  • Aunque se han regalado muchos lectores, entregar uno a cada ciudadano con su DNI electrónico hubiera ayudado
  • Falta información llana y comprensible acerca de los pasos necesarios para estar en disposición de usarlo

Nosotros sabemos de los grandes beneficios del DNI electrónico, y por eso queremos contribuir en la difusión de información, y estimular su utilización.

El objetivo de esta entrada es explicar de forma didáctica, los pasos que tenemos que dar para estar en disposición de utilizar el DNI electrónico para identificarnos en procesos telemáticos, o firmar documentos electrónicos.

Además de la lectura de esta entrada, aconsejamos la visualización de este Video.

Obtener el DNI electrónico

Lo primero a tener en cuenta, es que no es necesario tener que renovar nuestro viejo DNI para tener acceso al DNI electrónico. Podemos obtener el DNI electrónico en cualquier momento. Una vez clarificado esto, el primer paso sería localizar la comisaría de policía nacional más adecuada a nuestras circunstancias. En este enlace podemos localizar la oficina de expedición en la que nos resulte más cómodo acercarnos. Hasta este punto, nuestra única dificultad será adaptarnos a los horarios de las comisarías y encontrar el momento para realizar la gestión.

Una vez nos entreguen el DNI electrónico, es importante conservar el PIN que nos entreguen de forma cuidadosa. Tenemos que verlo como una tarjeta bancaria. Podremos cambiar ese PIN en cualquier momento. En todas las comisarías hay unos Kioskos conocidos como PAD (Punto de actualización de DNI-e), donde podremos cambiar dicho PIN. Es como un cajero bancario, y aconsejamos cambiar el PIN original por uno que nos sea familiar, en la mismo comisaría. De no hacerlo, podremos cambiarlo desde casa utilizando una aplicación informática. La aplicación puede obtenerse en este enlace.

¿Qué pasa si ya tengo el DNI electrónico, pero no conozco el PIN?

En ese caso, tendremos que organizarnos para volver a la comisaría, acercarnos a un Kiosko PAD, y seguir las instrucciones que nos indiquen. El DNI electrónico está dotado de un procedimiento de seguridad equivalente al PUK de los móviles, basado en nuestra huella dactilar. Es un proceso autoasistido y no nos debería llevar más de 10 minutos.

¿Y si mi certificado ya ha caducado?

Del mismo modo, si los certificados digitales de mi DNI electrónico ya han caducado, podré renovarlos de forma autoasistida en un Kiosko PAD de la comisaría. En otra entrada, expuse mi experiencia personal en la  renovación del DNI electrónico.

Componentes informáticos necesarios para la utilización del DNI electrónico

Para poder usar el DNI electrónico en nuestro ordenador, necesitamos lo siguiente:

  • Un lector de tarjetas, componente informático que permite conectar el DNI electrónico a nuestro ordenador. Podremos comprar ahora mismo el lector de tarjetas.
  • Instalación del componente informático del DNI electrónico, para que nuestro sistema lo reconozca. Tendremos que instalar el componente adecuado, según sea nuestro sistema operativo: Windows, Linux, Mac
  • Instalación del certificado raíz (AC Raíz DNI), y sus tres subordinados (AC DNI001, AC DNI 002, AC DNI 003), necesarios para confiar en el DNI electrónico

Siguiendo estos pasos ya estaremos en disposición de utilizar el DNI electrónico y disfrutar de las ventajas expuestas. En lo sucesivo, ofreceremos nuevas entradas con explicaciones acerca de los usos disponibles. Para aquellos interesados en sacarle provecho, aconsejamos seguirnos a través de Facebook o Twitter, y unirse a nuestro grupo de Facebook “Quiero usar el DNI electrónico“.

De momento, se puede empezar a utilizarlo a través de cualquiera de nuestras soluciones para el DNI electrónico.

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¿Qué pasa si ya tengo el DNI electrónico, pero no conozco el PIN?

En ese caso, tendremos que volver

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Renovación de los certificados digitales del DNI electrónico

Llevo mucho tiempo leyendo entradas de usuarios descontentos con el DNI electrónico. Pues bien, ayer viví mi primer proceso de renovación de sus certificados, y la verdad es que todo fue como la seda, así que me parece justo explicarlo también. Así fue el proceso:

A las 9:00 ya estaba en la comisaría de la policía nacional en Castelldefels, Barcelona. Allí, un agente de avanzada edad me atendió. Le explique mis intenciones con el umbral de expectativa por los suelos. A raíz de todo lo que había leído y escuchado, estaba convencido de que aquel agente no iba a entender mi propósito. Mientras aquel hombre me explicaba, yo ya preparaba mi siguiente discurso donde le matizaría que quería renovar tan solo los certificados, y no hacerme un DNI nuevo.

Para mi sorpresa, el agente me acompañó al Kiosko autoasistido que había en la comisaría, sin hacerme preguntas adicionales. Luego, de forma proactiva, me indicó los pasos que debía seguir para llevar a cabo la renovación. Seguí sus instrucciones, y a las 9:10, ya estaba fuera de la comisaría, con los certificados digitales de mi DNI electrónico renovados.

En resumen, invertí 10 minutos de mi tiempo en renovar el DNI electrónico, pero gracias a ello seguiré ahorrando horas y días, firmando mis trámites a distancia. También accederé de forma más segura a mi sistema de “home banking” y otros servicios en internet. Lo recomiendo.

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¿Administración electrónica con la que está cayendo?

La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, más conocida por la Ley Sinde gracias a su DISPOSICIÓN FINAL CUADRAGÉSIMO TERCERA, trae consigo otras lindeces.

En concreto me refiero a la DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA, que reproduzco Administración electrónicaíntegramente a continuación:

Uno. Se adiciona un nuevo apartado 5 a la disposición final tercera de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, que queda redactado en los siguientes términos:

«5. Las Comunidades Autónomas y las Entidades integradas en la Administración Local en las que no puedan ser ejercidos a partir del 31 de diciembre de 2009 los derechos reconocidos en el artículo 6 de la presente Ley, en relación con la totalidad de los procedimientos y actuaciones de su competencia, deberán aprobar y hacer públicos los programas y calendarios de trabajo precisos para ello, atendiendo a las respectivas previsiones presupuestarias, con mención particularizada de las fases en las que los diversos derechos serán exigibles por los ciudadanos.

Los anteriores programas podrán referirse a una pluralidad de municipios cuando se deban ejecutar en aplicación de los supuestos de colaboración previstos en el apartado anterior.»

Dos. Los programas mencionados en el apartado anterior deberán ser objeto de aprobación y publicación en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley.

Desde mi humilde punto de vista, esta modificación me parece tan inoportuna como indefinida, y por lo tanto, ineficaz.

Legislación sobre administración electrónicaInoportuna

Aunque la intención es buena y trata de subsanar la indefinición inicial de la Ley 11/2007, que no establecía ni plazos ni otras obligaciones a las AA. PP. diferentes de la del Estado en cuando a implantación de la Administración Electrónica, no lo logra pues es de nuevo indefinida y llega en un momento en el que todas las AA.PP. tienen que recortar sus presupuestos.

En 2007, la ley 11/2007 en su disposición final tercera, puntos 3 . (gobiernos autonómicos) y 4. (locales) indica el siguiente plazo:

[...] a partir del 31 de diciembre de 2009 siempre que lo permitan sus disponibilidades presupuestarias

La Ley 11/2007 se aprueba en el 2007 (evidente), exige que la AE esté lista para el 2009 y, ahora, dos años más tarde, en plena crisis, ¿quiere que las Administraciones se mojen?

Desde luego, una AE bien implantada y siguiendo los principios de la L11/2007 es una fuente de ahorro clara, pero primero hay que hacer la inversión y cuando las AA.PP. no tienen dinero para pagar a sus trabajadores y los ciudadanos no pueden soportar más carga fiscal, ¿de dónde sale?

Por cierto, haciendo números me sale que ese calendario tiene que publicarse el 6 de septiembre, lo que a efectos prácticos implica que hay que tenerlo listo antes del 30 de junio!!

Ineficaz

Con el nuevo redactado:

[...] deberán aprobar y hacer públicos los programas y calendarios de trabajo precisos para ello, atendiendo a las respectivas previsiones presupuestarias, con mención particularizada de las fases en las que los diversos derechos serán exigibles por los ciudadanos

seguimos teniendo ambigüedades (“precisos” se refiere a “necesarios”, no a precisión en alguna magnitud, por ejemplo, el tiempo, ¿no?). Entonces, ese calendario podría ser que el ayuntamiento de Villa Arriba se compromete a tener en el 2015 el trámite de empadronamiento electrónico, en el 2020 el de solicitud electrónica de volante de empadronamiento y en el 2025 el de pago de impuesto de recogida de basuras totalmente electrónicos y estaría cumplimiento.

TransparenciaTransparencia en la administración electrónica

La parte buena es que ahora (a partir del 6 de septiembre del 2011) los ciudadanos deberíamos saber cuando nuestros respectivos ayuntamientos, diputaciones y gobiernos autonómicos nos permitirán ejercer  los derechos reconocidos en el artículo 6 de la L11/2007…y llegado el momento poder exigirlos.

De todas formas, aunque no en el grado deseado, ¡esperamos que la medida estimule en cierto modo el desarrollo de la administración electrónica!

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Nueva política de Mozilla para incluir certificados de CA

Certificados electrónicos de CA en MozillaHace más de mes y medio Mozilla publicó la Mozilla CA Certificate Policy (Version 2.0)

¿Qués es esto?

Todo Prestador de Servicios de Certificación (PSC) lo sabe, pero no los internautas de a pie.

Es el conjunto de requisitos técnicos, organizacionales y de procedimientos que un PSC debe cumplir para que Mozilla considere distribuir su certificado de Autoridad (o entidad) de Certificación raíz en los productos de Mozilla (p.e. Thunderbird o Firefox)

¿Cómo me afecta?

Para los PSC, mucho. Para empezar porque deben cumplir esta nueva política antes del 8 de agosto de este año. Además, la nueva política añade dos secciones.

Para los usuarios de los productos de Mozilla, en principio debe añadir confianza. Es decir, se toma aún más en serio el hecho de confiar en los certificados emitidos por un determinado PSC. Esto tiene un daño colateral y es que quizá nos aparezca más a menudo el mensaje de no confirar en el certificado del sitio web. Sobre ello ya hablamos en Dificultades expandiendo la firma electrónica.

Mensaje de certificado de firma electrónica en Mozilla

Para isigma, al principio nos hará más difícil “popularizar el uso de  la firma electrónica”, pero a la larga, con productos que se toman más en serio esta tecnología, las personas confiaremos más en ella y tendrá usos que realmente aporten valor. Además, quizá nos da más trabajo en PSC que quieran que sus certificados estén precargados en los productos de Mozilla ;-)

¿En qué se diferencia de la anterior?

Como adelanto más arriba hay dos secciones totalmente nuevas, a saber:

  • Mozilla CA Certificate Maintenance Policy: ya no basta con conseguir que se cargue el certificado raíz (recordemos que hace mucho tiempo que los certificados intermedios no se cargan) en los productos de Mozilla, ahora hay que seguir haciendo las cosas bien para que se mantengan!
  • Mozilla CA Certificate Enforcement Policy: ahora Mozilla explicita lo que hará para que esta nueva versión de la política se cumpla

La primera parte de la política, Mozilla CA Certificate Inclusion Policy (Version 2.0), es prácticamente igual a toda la política anterior. Quien desee bucear por el detalle de los cambios puede hacerlo en el bug #609945 de  Mozilla.

¿Es mejor o peor?

Como diría el amigo de los internautas, en este caso tengo el “corasón partío”.

Sin ninguna duda, la nueva política es más exigente, lo que implica que los certificados admitidos han sido emitidos por PSC con prácticas y políticas seguras, transparentes y con suites criptográficas adecuadas, además de pasar ciertas auditorías y aporta más confianza al usuario final.

Pero también puede provocar que aparezca con más frecuencia el mensaje de “No se confía en el certificado”, pues ciertos PSC pueden quedar fuera y algunos ni intentarlo.

Para los PSCs va a ser más difícil que Mozilla acepte sus certificados y puede implicar inversiones y, desde luego más tiempo desde que se inicia el procedimiento hasta que finalmente se logra. Obligará a anticipar.

Y para isigma, pues más trabajo ;-)

Definitivamente aumenta la confianza en la red. Definitivamente, es mejor.

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Los usuarios de PortaSigma tardan 4 días menos que sus competidores en recoger las firmas de sus clientes

Los usuarios de PortaSigma son empresas que necesitan recoger la firma de sus clientes de forma recurrente. Tradicionalmente, tenían tres métodos para llevar a cabo esta operación:

La firma electrónica evita desplazamientosMétodo 1: Desplazamiento a casa del cliente

1. Una persona autorizada de la empresa buscaba un hueco en su apretada agenda

2. Preparaba dos copias impresas del documento

3. Las llevaba en mano a casa del cliente

4. Todos los presentes firmaban a mano las copias

5. La persona autorizada volvía con su copia del documento

6. El autorizado incorporaba su copia al archivador correspondiente

La firma electrónica permite ahorros de tiempoMétodo 2: Envío de documentos

1. La persona autorizada preparaba dos copias de los documentos

2. Firmaba las dos copias

3. Ensobraba y enviaba los documentos a casa del cliente

4. El cliente firmaba las dos copias

5. Archivaba su propia copia

5  Ensobraba y devolvía su copia a la empresa

6. El autorizado incorporaba su copia al archivador correspondiente

La firma electrónica agiliza procesosMétodo 3: Recepción de visita del cliente

1. La persona autorizada citaba al cliente

2. El autorizado preparaba las dos copias del documento

2. El cliente acudía a la oficina del autorizado

3. Ambos firmaban las dos copias

4. El cliente se llevaba su copia

5. El autorizado de la empresa archivaba su copia

Portasigma: software online de firma electrónica

Desde que usan PortaSigma, su rutina es la siguiente:

1. Subir documento a PortaSigma

2. Indicar nombre, e-mail y DNI del firmante

3. Enviar petición de firma digital, y en pocos segundos el firmante ya tiene posibilidad de firmar desde su PC o teléfono móvil

4. El cliente firma el documento

Gracias a esto, estas empresas han conseguido liberar gran parte de su tiempo para dedicarlo a su “Core Business”.

Además, gracias al almacenamiento digital, estas empresas han dejado de generar necesidades de espacio para almacenar archivadores. Como referencia de lo que esto representa, un archivador tradicional contiene unos 400 documentos.

Sin embargo, tal vez el beneficio más importante obtenido es la mejora de servicio a sus clientes, al que evita desplazamientos innecesarios y espacio físico de archivo.

Gracias a esta mejora y a la difusión del DNI electrónico y otros certificados digitales, los usuarios de PortaSigma están consiguiendo una ventaja competitiva respecto a otras empresas de sus sectores, que siguien recurriendo a la firma manuscrita.

La siguiente tabla comparativa muestra el promedio de tiempo invertido en los diferentes pasos del proceso, siguiendo cada uno de los métodos:


Firma electrónica: sin desplazamientos
Firma electronica: ahorro de tiempo
Firma electrónica: procesos más sencillos
Firma electrónica: ventajas
Tiempo de espera hasta la cita 3 3 0
Firmar y Enviar petición desde Portasigma 0,1
Preparar copias impresas en papel 0,1 0,1 0,1 0
Ensobrar y enviar 0,1 0
Tiempo de espera hasta la entrega 3
Desplazarse a casa del cliente 0,5
Desplazamiento del cliente 0,5
Acto de firma 0,2 0,1 0,1
Ensobrar y devolver 0,1
Firmar petición recibida en PortaSigma 0,1
Retorno desde casa del cliente 0,5
Colocar en Archivador 0,1 0,1 0,2
Total tiempo invertido (días) 4,4 3,5 3,9 0,2
Satisfacción global de los agentes implicados
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Explotando PortaSigma: como plataforma de visado electrónico

La sencillez de PortaSigma la dota de una inusitada flexibilidad. Explotando PortaSigma es una serie de entradas que muestran casos de uso concretos en los que PortaSigma se presenta como una gran alternativa a considerar.

Visado electrónico

Definición
Visado electrónico: imagen de sello de lacre y ribón

El visado electrónico, entendido como el hecho de  añadir la firma electrónica y el Sello de Visado del Colegio, a la firma del Colegiado y/o Colegiados autor/es del documento es un caso en el que la sencillez y asequibilidad de PortaSigma la convierten en una solución de rapidísima implantación (ahora contrato PortaSigma y ahora más un minuto estoy visando electrónicamente)

Hipótesis de partida

Asumimos que tanto los Colegiados como el Colegio tienen los correspondientes certificados electrónicos para poder firmar los documentos.

Por otro lado, asumimos que estos documentos pueden estar en formato PDF perfectamente, formato ideal por su dificultad para modificar el documento accidentalmente, porque incrusta la firma electrónica en el mismo archivo y porque un simple Adobe Reader (R) para visualizarlo y validar la firma electrónica.

Solución

El Colegiado hace llegar su documento en PDF al Colegio, que lo revisa y, si todo está correcto, lo sube a la plataforma, añadiendo como firmante al colegiado que lo ha enviado y al propio Colegio (¿cómo?). Alternativamente, el Colegio puede configurar la firma automática al final del proceso (¿cómo?), es decir, que tan pronto el Colegiado firme su trabajo,  la plataforma añade la firma del Colegio.

Cuando el Colegio envía las peticiones de firma, éstas se comunican a los Colegiados, que deben firmar (¿cómo?)

En el momento en que el Colegiado firma, este hecho se comunica al Colegio. Si el Colegio configuró la firma automática al final del proceso ya no tiene que hacer nada más. Los documentos se encuentran correctamente firmados en la plataforma para su consulta en cualquier momento. Si no configuró la firma automática,  el Colegio debe proceder a firmar y cerrar el ciclo de firmas del visado digital.

Si los colegiados tienen certificados en software, podrán firmar desde sus Smartphones. No obstante, para optar a esta funcionalidad es necesario que el Colegiado disponga al menos de una cuenta Basic.

Lo quiero ya, ¿qué me hace falta?

El  Colegio, con una cuenta Premium, tiene a su disposición ilimitadas firmas de sus colegiados y 5 GB de almacenamiento. Los documentos visados pueden ser descargados de la plataforma en cualquier momento, si bien, el el hecho de mantenerlos en la plataforma garantiza su disponibilidad desde cualquier ubicación.

Una posibilidad más sofisticada puede consistir en la personalización la plataforma con la imagen del Colegio y la posibilidad de que múltiples usuarios puedan subir documentos a la misma.

Además, con la API que PortaSigma pone a disposición de sus clientes, sea cual sea el plan de precios, se puede integrar fácilmente con gestores documentales o de flujo externos.

Ventajas adicionales

La misma plataforma sirve para cualquier otro trámite entre colegio y colegiado o trámites internos, con todas las ventajas de la firma electrónica, de las aplicaciones cloud y de la web 2.0.  Con PortaSigma, el Colegio mejoraría el servicio ofrecido a sus colegiados, y reduciría drásticamente sus necesidades administrativas, o lo que es lo mismo, sus costes operativos.

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Firma masiva en PortaSigma

PortaSigma sigue mejorando sus prestaciones, atendiendo a las demandas de nuestros clientes. La última mejora incorporada ha sido la firma masiva.

Hay profesionales en determinados sectores, que necesitan atender a la petición de firma electrónica de gran cantidad de documentos. Para ellos hemos diseñado este sistema que permite una revisión ágil de los mismos, y su firma electrónica en lote con tan solo un click.

El sistema incluye un mecanismo de revisión en serie de los documentos pendientes de firma (de uso voluntario)

Firma electrónica de múltiples documentos

En la pantalla de firma en lote, podemos ver todos los documentos pendientes de firma, así como el nivel de progreso del proceso en curso.

Firma electrónica en lote

Además de esta sustancial mejora, después de esta última actualización, PortaSigma también soporta los certificados de ICP Brasil.

Si todavía no te has creado una cuenta en PortaSigma, hazlo ahora y dile a tu banco,  gestoría, compañía de seguros o administración, que ya estás listo para firmar sus documentos sin desplazarte mediante firma electrónica.

Para más información:

Román de Blas / rdeblas@isigma.es / 93.519.13.75

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